Resuelve pleno del IAIPO recursos de revisión y denuncias por incumplimiento de obligaciones de transparencia
- Secretaría de las Mujeres de Oaxaca debe entregar versión completa del Programa Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas
Oaxaca de Juárez, Oax.- En la Sexta Sesión Ordinaria, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de Oaxaca (IAIPO) analizó y resolvió 15 recursos de revisión, así como dos denuncias en contra de distintos Sujetos obligados de la entidad por incumplimiento en la publicación de sus Obligaciones de transparencia.
De los 15 recursos de revisión atendidos por el Pleno del Órgano Garante, en 10 se ordenó la entrega de la información, mientras que cinco fueron sobreseídos; en el caso de las denuncias, una fue declarada fundada y una infundada.
En la resolución al recurso de revisión 0034/2019/SICOM, el Consejo General del IAIPO ordenó a la Secretaría de Movilidad proporcionar información sobre las concesiones autorizadas en los años 2017 y 2018, y deberá recabar ante la instancia competente que realiza la auditoría, el documento o constancia que certifique que ésta no ha concluido.
El Pleno del IAIPO resolvió dos recursos de revisión en contra del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca. En el asunto 011/2019/SICOM se ordenó la entrega de la información acerca de las reuniones, actas de instalación y de reuniones, acuerdos tomados y documentos aprobados por la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción y el presupuesto asignado a dicha comisión y, para el supuesto de que dicha comisión opere de manera honorífica, deberá motivar y fundamentar su respuesta; de igual forma debe informar el presupuesto asignado al Comité Coordinador y al Comité de Participación Ciudadana, ambos del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.
Mientras que en el recurso de revisión 028/2019/SICOM, la resolución del Órgano Garante fue informar sobre las funciones del cargo que desempeña el personal adscrito a la Junta de Coordinación Política, así como del personal adscrito a la fracción parlamentaria de MORENA.
En el caso del recurso de revisión 0030/2019/SICOM en contra de la Universidad del Papaloapan, el Pleno del IAIPO determinó que este Sujeto obligado debe entregar el dictamen o resolución de promoción de Profesores- Investigadores, firmado y avalado por el Consejo Académico en 2018.
Al resolver el recurso de revisión 0069/2019/SICOM, el Consejo General del IAIPO ordenó a la Secretaría de Turismo proporcionar información sobre el monto total de las disponibilidades presupuestarias al cierre del mes de diciembre 2018, desglosado por partida específica de acuerdo con el clasificador por objeto de gasto.
El Pleno del IAIPO resolvió dos recursos de revisión en contra del Ayuntamiento de Juchitán de Zaragoza. En el asunto 374/2018 se ordenó proporcionar información sobre estructura orgánica, cuántos policías municipales cuentan con evaluaciones de confianza, marco normativo y versión pública de los nombramientos de los servidores públicos señalados en la solicitud.
Mientras que en el recurso de revisión 0006/2019, se ordenó proporcionar al recurrente información sobre salario mensual, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación de todos los Concejales y del Presidente Municipal.
En el caso del recurso de revisión 0023/2018, el Consejo General del IAIPO ordenó a la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca (SMO) entregar versión completa del Programa presentado ante el Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), e informar si este programa ha tenido modificaciones.
Respecto al Recurso de revisión 020/2019/SICOM, el Pleno del IAIPO ordenó al Patronato de Ayuda para la Reinserción Social proporcionar información del monto de las disponibilidades presupuestarias al cierre del mes de diciembre de 2018, desglosado por partida específica de acuerdo al Clasificador por Objeto de Gasto.
Para el recurso de revisión 0043/2019/SICOM, el Consejo General del IAIPO modificó la respuesta de la Junta de Conciliación Agraria del Estado de Oaxaca, y le ordena a que realice la búsqueda exhaustiva en sus archivos de la información solicitada a efecto de proporcionar la información sobre los juicios señalados en la solicitud de información.
Los recursos de revisión en contra del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (016/2019/SICOM), Secretaría de Finanzas (0045/2019/SICOM) y Secretaría General de Gobierno (0075/2019/SICOM), fueron sobreseídos debido a que estos Sujetos obligados si proporcionaron respuesta al solicitante en un formato accesible.
Mientras que los recursos de revisión en contra de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (0051/2019/SICOM) y de la Casa de la Cultura Oaxaqueña (015/2019) fueron sobreseídos debido a que estos Sujetos obligados modificaron su acto y proporcionaron al recurrente la información solicitada.
En la Sexta Sesión Ordinaria, el Consejo General del IAIPO atendió y resolvió dos denuncias por incumplimiento en la publicación de las obligaciones de Transparencia. Al revisar el expediente 001/IAIP/DAJ/2019, el Pleno del IAIPO declaró fundada la denuncia en contra de la Universidad Tecnológica de la Sierra Sur de Oaxaca (UTSSO) y le requirió dar cumplimiento a la publicación y actualización de la información relativa a la Fracción I del Artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, misma que se refiere al Marco Normativo.
En cuanto al expediente 002/IAIP/DAJ/2019, el Pleno del IAIPO declaró infundada la denuncia interpuesta en contra de Servicios de Salud de Oaxaca, en virtud de este Sujeto obligado se encuentra cumpliendo con la publicación y actualización de los contenidos que le requiere la fracción II del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
En esta Sesión Ordinaria, el Pleno del IAIPO también aprobó medida de apremio en contra del Presidente Municipal de San Pedro Molinos, Tlaxiaco por incumplimiento a un ordenamiento hecho por este instituto al RR 464/2017.